ANTICIPO DE LAS AYUDAS DIRECTAS DE LA PAC

  • La Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural adelantará a partir de la segunda quincena de octubre el pago de casi 690 millones de euros correspondientes a ayudas directas de la Política Agrícola Común (PAC) para la campaña 2013/2014, tras recibir la aprobación de las autoridades comunitarias para anticipar el 50% de los incentivos que llegan anualmente a Andalucía. En el caso de la ayuda de la Prima por Vaca Nodriza estos anticipos podrán llegar hasta el 80% y se abonarán una vez finalizado el plazo de retención de seis meses desde la fecha de presentación de la solicitud única.Esta medida, de la que podrán beneficiarse unos 261.000 agricultores y ganaderos andaluces, está dirigida a mejorar la liquidez financiera de ambos sectores, que podrán disponer de estos incentivos un mes y medio antes de lo previsto, ya que según la normativa europea el periodo de pago de este tipo de ayudas es el comprendido entre el 1 de diciembre y el 30 de junio. Asimismo, contribuirá a paliar las adversidades climáticas que han afectado a producciones estratégicas para Andalucía, como es el caso del olivar, y permitirá dotar de mayor liquidez a los productores agrarios.Con éste, es el quinto año consecutivo que Andalucía anticipará el pago de estas ayudas, tal y como se había solicitado desde la Consejería el pasado 13 de febrero al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.Todas estas ayudas son gestionadas por la Dirección General de Fondos Agrarios de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, que es la Administración española que tramita un mayor número de expedientes de subvenciones procedentes de fondos europeos para agricultores y ganaderos (en torno a 300.000).

    En la normativa comunitaria, concretamente el Reglamento (CE) nº 73/2009, se establece el periodo comprendido entre el 1 de diciembre y el 30 de junio del año natural siguiente a la solicitud como el periodo de pagos de los regímenes de ayuda directa en el marco de la Política Agrícola Común y de determinados regímenes de ayuda a los agricultores instaurados en el propio reglamento mencionado. No obstante, y en caso de dificultades financieras o condiciones excepcionales, como las provocadas por la mala climatología de la última campaña, el artículo 29 de dicho Reglamento establece la potestad de la Comisión Europea de autorizar anticipos para fechas anteriores al 1 de diciembre, a petición de los Estados que así lo soliciten.

    Fuentes:  Junta de Andalucia.

Aprobado el Real Decreto que regula las inspecciones de los equipos de aplicación de productos fitosanitarios

Con esta normativa se incorpora al ordenamiento jurídico español la directiva comunitaria que establece un uso sostenible de los plaguicidas en lo que se refiere a la inspección obligatoria de los equipos de tratamiento fitosanitarios en uso

El Real Decreto establece que a 26 de noviembre de 2016 todos los equipos de tratamientos fitosanitarios en uso deberán haber sido inspeccionados al menos una vez. Las inspecciones se realizarán cada 5 años, o cada 3 en el caso de los equipos de mayor utilización, como los de las empresas de tratamientos o las agrupaciones de productores. A partir de 2020 todos los equipos deberán inspeccionarse cada 3 años

 

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy el Real Decreto que establece las normas básicas relativas a inspecciones periódicas de los equipos de aplicación de productos fitosanitarios.

Este real decretoincorpora al ordenamiento jurídico español la directiva comunitaria por la que se establece un marco comunitario para el uso sostenible de los plaguicidas, y tiene como principal objetivo regular las inspecciones de equipos de aplicación de productos fitosanitarios. El objetivo final de estas inspecciones es que los equipos de aplicación de productos fitosanitarios funcionen correctamente, garantizando la exactitud en la distribución y dosificación del producto, así como la no existencia de fugas en el llenado, vaciado y mantenimiento.

También es objeto de esta normativa  definir y tipificar los equipos de aplicación de productos fitosanitarios utilizados en la producción primaria agrícola y forestal y en otros usos profesionales en ámbitos distintos de los anteriores, elaborar el censo de los equipos a inspeccionar, en base a los inscritos en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola (ROMA), complementado con los empleados en los tratamientos aéreos y el de los equipos fijos en el interior de invernaderos y otros locales cerrados, así como establecer los requisitos mínimos que deben cumplir las estaciones de Inspección Técnica de Equipos de Aplicación de Productos Fitosanitarios (ITEAF), sus titulares, y el personal técnico de las mismas encargado de las inspecciones.

Con el fin de que las inspecciones sean desarrolladas por personal con la formación suficiente para ejercer sus responsabilidades, es necesario que tanto los directores como los inspectores de las estaciones de ensayo dispongan de un nivel académico previo vinculado a las funciones que han de desarrollar o de una completa  formación específica en estas materias.

En el caso de los directores, entre sus responsabilidades se encuentran, entre otras, el control de calidad de la inspección, calibración de equipos, formación de inspectores, y asesoramiento de la idoneidad y de la regulación del equipo para cada tratamiento fitosanitario. Los inspectores, tendrán entre sus competencias, la revisión directa de los equipos, su tipificación, recomendaciones de uso y aplicación de los procedimientos de inspección. En ambos casos, se complementa con una formación adicional  específica para la inspección de equipos de aplicación.

Este Real Decreto se completa con cuatro anexos relacionados con los requisitos de salud y seguridad y de medio ambiente para la inspección de los equipos de aplicación de productos fitosanitarios, con la instrumentación de la ITEAF, con el certificado y boletín de la inspección y con los criterios básicos de los programas de formación del personal perteneciente a las estaciones de Inspección Técnica de Equipos de Aplicación.

Fuente: Junta de Andalucia.

 

ABIERTO EL PLAZO PARA SOLICITAR LAS AYUDAS PAC 2012

Se ha abierto el plazo de realizar las solicitudes de Pago Unico 2012, estas ayudas se podran solicitar en las entidades colaboradoras o en la Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura y Pesca en cuyo ámbito territorial se encuentre la mayor parte de la superficie de la explotación y en caso de no disponer de superficie, donde se encuentre la mayor parte de los animales.

El plazo empezo el dia 1 de Febrero y termina el 30 de Abril.

Para mas información las pueden solicitar en las Delegaciones Provinciales de Agricultura y Pesca.

 

http://www.juntadeandalucia.es/agriculturaypesca/portal/servicios/ayudas/ayudas-pac/solicitud-unica/ayudas-sistem-integrado-20122013/index.html

NUEVA PAC PARA EL 2013

Reforma de la PAC: más justa, ecológica y eficaz – 12/10/2011

Agricultura, pesca y alimentación > Agricultura

 

Los cambios propuestos a la política agrícola europea pretenden asegurar el suministro alimentario, la protección del medio ambiente y el desarrollo sostenible de las zonas rurales.

Las reformas que a partir de 2013 quieren introducirse en la Política Agrícola Común (PAC) intentan ayudar a los agricultores a adaptarse a las cambiantes necesidades del mercado y garantizar un abastecimiento sostenible de alimentos.

Con estas propuestas  se trata de hacer el mejor uso posible de los fondos para animar a los agricultores a ser más competitivos. Pero también es bueno para los consumidores que haya alimentos de calidad a precios razonables.

Las medidas son, entre otras:

  • hacer las ayudas más justas, sencillas y específicas, limitando la asistencia básica a los agricultores en activo, con un límite de 300.000 euros por explotación al año, y repartiendo los fondos de forma más equitativa entre agricultores, regiones y países miembros
  • ayudar a los agricultores a afrontar fluctuaciones rápidas de los precios y la demanda acelerando las ayudas durante las crisis económicas
  • reservar el 30% de los pagos de la PAC a las explotaciones que recurran a prácticas respetuosas con el medio ambiente apoyando la diversificación de cultivos, el mantenimiento de los pastos permanentes y la preservación de las zonas y paisajes naturales
  • dirigir la investigación y desarrollo a fines más específicos duplicando sus fondos, adecuándola mejor a las necesidades de los agricultores y acelerando la puesta en práctica de sus resultados
  • dar más poder a los agricultores apoyando a las organizaciones del sector e impulsando contactos más directos con el consumidor al reducirse el número de intermediarios
  • apoyar la protección del medio ambiente y hacer de la lucha contra el cambio climático y el uso eficaz de recursos las máximas prioridades para las zonas rurales
  • atraer a los jóvenes al sector apoyando a los agricultores menores de 40 años en sus cinco primeros años de explotación
  • fomentar el empleo y el emprendimiento rurales destinando, por ejemplo, hasta 70.000 euros a pequeños proyectos
  • prevenir la desertificación mediante nuevos fondos para los agricultores en zonas con dificultades naturales
  • reducir la burocracia simplificando las normas, sobre todo para los pequeños agricultores, quienes recibirán importes a tanto alzado de entre 500 y 1.000 euros por explotación al año.

Gracias a las anteriores reformas, los fondos para la PAC dentro del presupuesto de la UE ya han bajado de casi un 75% al 41%. Las nuevas propuestas delimitarán mejor los objetivos de los fondos disponibles para que se apliquen de forma más concreta y eficaz.

Las nuevas medidas entrarían en vigor en 2014, una vez aprobadas por el Parlamento Europeo y los ministros de cada país en el Consejo de la UE.